Desde el término del régimen militar que había suprimido, y luego parcialmente restablecido el derecho del trabajo, hasta ahora ninguna reforma le había devuelto su espíritu original: la protección de los trabajadores. La ley Nº 20.087 de 2009 cambia fuertemente la situación entre empleadores y trabajadores.
Un resumen:
La ley Nº 20.087 reforma los procedimientos del derecho del trabajo. Considerando que ningún principio de base fue cuestionado, podríamos preguntarnos de qué forma este cambio administrativo modificó profundamente el rostro de la justicia laboral. Sin embargo, existe ahora un procedimiento judicial que toma en consideración un hecho establecido: la desigualdad entre el trabajador y el empleador.
Si bien en su esencia, los derechos de los trabajadores estaban garantizados por la Constitución de 1980, el procedimiento arcaico y complejo de la justicia laboral daba lugar a procesos interminables, que no se adecuaban en absoluto a la realidad del mundo laboral y favorecía la impunidad de los abusos cometidos por los empleadores.
La modificación del procedimiento, comprometida por la reforma, reconoce a partir de ahora la desigualdad entre las partes, pero aporta además a los trabajadores garantías suficientes para hacer valer sus reivindicaciones frente el juez.
Tres principios lo garantizan: la inmediatez, el carácter oficial y su oralidad. Las víctimas pueden desde ahora presentar directamente sus pruebas al juez, quien recupera su rol de mediador y ya no es un simple lector de documentos.
Proteger al trabajador: Por primera vez en Chile, una norma jurídica especial permite a las víctimas acceder a las pruebas materiales de actos culpables del empleador quien debe, además de facilitar el acceso a estas pruebas, asumir su costo. Por ejemplo, el pago de un médico que confirma la existencia de secuelas psicológicas provocadas por un acoso moral. Todo se hace para que la falta de medios eventuales no sea discriminatoria.
Al margen de las facilidades de procedimiento acordadas a los trabajadores, la reforma prevé la entrada en vigencia de un nuevo mecanismo de protección llamado tutela laboral (protección del trabajador) cuyo principal objetivo es la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores, fuera del trabajo, tales como: la vida privada, la libertad de expresión o el honor. Esta acción permitirá por ejemplo a un empleado demandar a su empresa en caso de una degradación de puesto relacionada con su preferencia sexual o su tendencia política.
Finalmente, gracias a la oralidad de los procesos (contra la entrega de documentos al juez para análisis) que, simplifica radicalmente el procedimiento, el juicio que podía durar entre 2 y 3 años pasa ahora a 90 días, velocidad que permite al derecho laboral adecuarse a la realidad de la vida empresarial.
Progresivamente se desmantela el mundo cerrado de la empresa que ya no es solamente un espacio jurídico privado donde la economía reina, sino un centro de actividad donde el trabajador es ante todo una persona con derechos.
Elodie QUEFFELEC (www.lepetitjournal.com - Santiago) Miércoles 14 de abril de 2010.
Segun la ley nº 19.518, las empresas que tributan en Chile tienen derecho a reducir de sus impuestos hasta el 1% del total de las remuneraciones imponibles anuales de sus trabajadores, invirtiendo en capacitación. El OTIC Franco Chileno los apoya en la gestión óptima de este derecho.